Ante la nueva campaña de la renta del 2017, os informamos que las cuotas de la ATPE, son sólo deducibles por parte de las empresas y autónomos, y que el recibo del banco valdría como justificante ante Hacienda.

L@s particulares no tienen derecho a deducción alguna, por lo tanto no es necesario que pidáis los justificantes de ingreso de cuotas a la secretaría.

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